¿Huiste del choque? La ley HB 479 ahora te puede hacer pagar

Desde el 1° de octubre, en Florida ya no basta con una multa o un castigo penal si huyes tras chocar. La nueva ley HB 479 lo deja claro: si abandonas la escena de un accidente, incluso sin heridos, podrías terminar pagando directamente a la víctima por los daños.

Se trata de un cambio clave en las reglas de tránsito del estado. Hasta ahora, marcharse del lugar de un choque sin lesionados podía costarte una sanción penal. Pero con la entrada en vigor de esta nueva normativa, se activa un mecanismo de compensación económica obligatoria, ordenado por un juez.

¿A quién aplica la ley HB 479?

La norma, llamada oficialmente Leaving the Scene of a Crash Involving Only Damage to Vehicle or Property, modifica el artículo 316.061 de los Estatutos de Florida. El tribunal podrá exigir el pago si se cumplen tres condiciones:

  1. Que el conductor haya sido declarado culpable de irse del lugar.
  2. Que el hecho haya causado daños a la propiedad o vehículo de otra persona.
  3. Que esté comprobado que provocó o contribuyó al choque.

Lo que siempre debes hacer tras un accidente

La HB 479 refuerza el cumplimiento estricto de las obligaciones básicas luego de un siniestro vial. Si no las sigues, podrías abrir la puerta a un fallo judicial en tu contra. Estas son las acciones obligatorias:

  • Detenerse inmediatamente en el sitio del accidente.
  • Identificarse ante la policía o el otro conductor: nombre, domicilio, matrícula.
  • Mostrar la licencia de conducir, si es requerida.
  • No retirarse hasta cumplir con todos estos pasos.

¿Y si no hay nadie presente? Por ejemplo, si golpeas un vehículo estacionado o una reja sin dueño a la vista, estás obligado a dejar tus datos visibles en el lugar. De no hacerlo, podrías enfrentar no solo una penalización penal, sino también el nuevo requerimiento de pago.

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